13 septiembre 2009

Asociaciones cooperativas y Asociaciones de personas sin fines de lucro deben solicitar el calificativo de exención de ISLR ante el SENIAT


Las asociaciones cooperativas deben presentar su declaración definitiva de rentas, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Reglamento General de la Ley de Impuesto sobre la Renta, los beneficiarios de las exenciones establecidas en el artículo 14 de la ley deberán cumplir con las obligaciones y deberes formales previstos para los contribuyentes, está declaración será solo a fines informativos, toda vez que la toda vez que las cooperativas gozan de una exención del pago del impuesto. (Fundamento Legal Art. 22 Reglamento LISLR), también se fundamenta en aviso oficial

Las sociedades de personas, los consorcios, las S.C.S….etc… aún cuando no están sujetas al pago del impuesto por sus enriquecimientos netos, en razón de que el gravamen se cobrará en cabeza de los socios, también están sometidas al régimen de la Ley para la determinación de sus enriquecimientos. (Fundamento Legal Art. 10 LISLR)

11 septiembre 2009

Distribuidores de maquinas fiscales autorizados por el SENIAT



El SENIAT autorizo a 9 empresa para que distribuyan los modelos de maquinas e impresoras fiscales por todo el territorio nacional, se publican las paginas web de todas, sin embargo no todas tienen distribuidoras a nivel nacional , al igual no todas venden maquinas fiscales de apuestas , las únicas que tienen este tipo de maquinas fiscales de apuestas son :IMPRESORAS FISCALES 421, C.A. y THE FACTORY HKA, C.A.

09 septiembre 2009

Actividades economicas no exoneradas de IVA


















Contribuyentes que estan obligados por Ley a llevar Maquinas Fiscales




De acuerdo a lo dispuesto en la disposicion transitoria segunda y tercera de la providencia 257 a partir del 01/02/2009 deben utilizar exclusivamente máquinas fiscales para la emisión de facturas, cuando concurran las siguientes circunstancias:

1. Obtengan ingresos brutos anuales superiores a un mil quinientas unidades tributarias (1500 u.t.).

2. El número de operaciones de ventas o prestaciones de servicios con sujetos que no sean contribuyentes ordinarios del impuesto al valor agregado, sea superior a las efectuadas con contribuyentes ordinarios de dicho impuesto.

3. Desarrollen conjunta o separadamente alguna de las actividades que se indican a continuación:

Publicada ley derogatoria parcial de la ley orgánica de Hacienda Pública Nacional

El 10 de agosto de 2009 se publico en Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 39.238 el decreto ley derogatoria parcial de la ley orgánica de hacienda pública nacional , ver adjunto