¡NOTA¡
A PARTIR DEL 18 DE ABRIL DEL AÑO 2016 EL SENIAT HABILITO EN SU PAGINA WEB LA OPCION DE HACER DECLARACIONES SUSTITUTIVAS DE ISLR .
DICHA OPCION ESTA APERTURADA HASTA EL 10 DE MAYO, LA OPCION PERMITE REALIZAR LA SUSTITUTIVA A PESAR DE TENER PORCIONES PENDIENTES DE PAGO.
TODA PERSONA NATURAL QUE NO USO EL DECRETO DE EXONERACION AHORA PUEDE USARLO Y ASI NO ESTA OBLIGADO A PAGAR LA 2DA Y 3ERA PORCION ADEMAS DE PERMITIRLE TRASLADAR SU CREDITO FISCAL EXCEDENTE AL EJERCICIO 2016
Con la entrada en vigencia del decreto de exoneración
2266 a partir del 09/03/2016, toda persona natural que obtuvo ingresos
menores o mayores a 3000 unidades tributarias (bs 450 mil) en el año 2015 tiene
derecho a disfrutar de una exoneración de 450 mil bs del enriquecimiento neto
obtenido, es decir este decreto cubre a los asalariados y a los no asalariados
y también cubre los que ganaron menos de 3 mil unidades tributarias así como a
los que ganaron más de tres mil unidades tributarias en el año 2015.
Ahora bien desde que el presidente anuncio el
referido decreto, ha existido UN VACIO DE INFORMACIÓN, dejando en un estado de indefensión
a los contribuyentes personas naturales que hasta el último día de la declaración
de ISLR (31/03/2016) no sabían qué hacer y
hasta la presente fecha muchos no
saben qué hacer.
Son diferentes las situaciones comenzando por:
- LOS QUE OBTUVIERON INGRESOS MENORES A 3000 UNIDADES TRIBUTARIAS Y HABIAN DECLARADO (LOS QUE AUN NO HABIAN PAGADO Y LOS QUE HABIAN PAGADO LA PRIMERA PORCION)
El SENIAT a través de las redes sociales
informo que los que ganaron menos de 3000 ut no estaban obligados a declarar
ISLR (en contravención a lo establecido en la ley de ISLR de la obligación de
declarar a los que ganaron más de 1000 ut (150 mil bs)) , y que los que ya habían declarado sin
aprovechar el decreto de exoneración de ISLR , el SENIAT les anularia esos
compromisos de pago. El Seniat también informo por las redes sociales que los
que ya habían pagado la primera porción, el seniat se los reconoceria como crédito
fiscal.
Amigo contribuyente, el sistema del SENIAT anulará los compromisos de pagos para evitar multas y sanciones.— SENIAT (@SENIAT_Oficial) 15 de marzo de 2016
Bien, es
el caso que llego el 31 de marzo y el seniat aun no ha anulado los compromisos
de pagos de dichos contribuyentes , muchos no pagaron la primera porción confiando
en lo que dijo el seniat y cuando van a actualizar su rif ahora en abril el
sistema les dice que tiene deuda pendiente. Aunado a ello estos contribuyentes
cuando intentan hacer sustitutiva para declarar como exentas el sistema no les
permite y cuando solicitan anularlas en el seniat allí dicen que no pueden. A
los contribuyentes aun les aparecen pendientes de pago la 2da porción que se
vence el 20 de abril y la tercera porción que se vence el 10 de mayo.
Lo sensato hubiese sido que antes del 31 de
marzo se aclararan todas las dudas, sin embargo llego el 31 de marzo, muchos no
declararon por lo tanto no trasladaron su crédito fiscal y los que habían declararon
no corrigieron sus declaraciones declarando como exento y no como gravada.
Muchos contribuyentes optaron el 31 de marzo de
ir hasta las oficinas del SENIAT y lograron anular las declaraciones (ojo el
seniat solo les anulaba a los que no habían pagado porciones, los que habían pagado
una porción el sistema no les permitía anular) y volvieron hacer nuevas declaraciones pero como rentas
exentas así de esta manera pueden trasladar los créditos fiscales para el
ejercicio 2016 (las retenciones que les hicieron en el 2015).
- 2. LOS QUE OBTUVIERON INGRESOS MAYORES A 3000 UNIDADES TRIBUTARIAS Y HABIAN DECLARADO (LOS QUE AUN NO HABIAN PAGADO Y LOS QUE HABIAN PAGADO LA PRIMERA PORCION)
El caso más descabellado de todos, es el de los trabajadores que ganaron más de 450 mil bs en el año 2015. Todas las oficinas
del seniat (salvo algunas excepciones) hasta el día 31 de marzo manifestaban que a
esos trabajadores no les correspondía el decreto de exoneración porque
superaban las 3 mil ut. Los trabajadores solicitaban la anulación y los
funcionarios les volvían a hacer la declaración sin considerarles los 450 mil
como rentas exenta ya que ellos habían recibido instrucciones de sus superiores.
Lo que recomendamos antes del 31 de marzo fue
que los trabajadores acudieran a las oficinas del seniat y solicitaran la anulación
(el seniat solo les anulaba a los que no habían pagado porciones, los que habían
pagado una porción el sistema no les permitía anular) y
declararan como rentas mixtas ( 450 mil como exentas y la diferencia como
gravado) , muchos trabajadores ( sobre todo los que tenían muchas retenciones
realizadas en el año 2015) lograron anular sus declaraciones, y hacer nuevas
declaraciones aprovechando la exoneración de los 450 mis bs y trasladando lo
pagado en exceso al próximo ejercicio fiscal.
Mas ese no fue el caso de la mayoría de los
trabajadores, los cuales no anularon y
muchos pagaron la primera porción , ahora se encuentran con la situación que
sus compañeros de trabajo que ganaron más que ellos, NO PAGARON IMPUESTOS , más bien les quedo que
el SENIAT les debe ( las retenciones ), como se sienten estos trabajadores que
por falta de información pagaron indebidamente la primera porción y aunado a ello,
ahora en el sistema del SENIAT les aparece que deben la 2da porción que se
vence el 20 de abril y la 3era porción que se vence el 10 de mayo, los
trabajadores acuden a las oficinas del seniat en abril para anular estas
declaraciones y les responden que no pueden anular, intentan también hacer
sustitutivas y tampoco el sistema le permite hacer sustitutivas.
Estos trabajadores se encuentran en un estado
de Indefensión ya que como logran que el
seniat les devuelva lo pagado en exceso? , como un trabajador que declaro en
enero, pago la primera porción , luego en marzo salió el decreto, no pudo
anular porque el seniat no podía anular porque ya había pagado la 1era porcion
y ahora le aparece en el sistema que debe la 2da y 3era porción y nunca pudo
aprovechar el decreto de exoneración no por culpa de el sino por culpa del
seniat que no le permito anular para corregir, también se ´preguntan estos trabajadores si
llega el 20 de abril y no pago la segunda porción puede el seniat embargarme el
día 21 de abril? ( recordemos la vigencia del cobro ejecutivo con la reforma
del COT).
Por una parte si el seniat no le devuelve lo
pagado en exceso sino que solo le permite trasladarlo para el próximo ejercicio,
a sabiendas que el año 2016 también estará exonerado, cuando logre utilizar ese
crédito fiscal será en el ejercicio 2016, el cual se declara en el año 2017, al
ritmo que lleva el nivel de inflación para el año 2017 ese crédito fiscal será insignificante
frente a lo que pueda representar hoy en términos reales.
Soy de la opinión que todo trabajador que tenga
un crédito fiscal pagado en exceso considerable debe de hacer una solicitud de
pago indebido ante el seniat, con esta solicitud, el seniat le emitirá una resolución,
y ya con ello el trabajador puede decidir si lo traslada para utilizarlo en el
2016 o vende esos créditos fiscales en el mercado de valores. Eso siempre y cuando el trabajador que no pudo aprovechar el decreto de exoneracion , tenga la opción de
o el sistema del seniat le permita hacer la declaración sustitutiva, cuestión que hasta la fecha no ha podido realizar ya que le aparecen pendientes de pago las porciones 3 y 2 , las cuales el seniat debe de eliminarlas para que el trabajador pueda hacer la declaración sustitutiva, y así pueda tener la opción o de trasladarlo al ejercicio 2016 o en su defecto de hacer una solicitud de pago indebido al seniat y posteriormente la cesión de créditos fiscales
aquí puede descargar la planilla de solicitud de restitucion de pago indebido
o el sistema del seniat le permita hacer la declaración sustitutiva, cuestión que hasta la fecha no ha podido realizar ya que le aparecen pendientes de pago las porciones 3 y 2 , las cuales el seniat debe de eliminarlas para que el trabajador pueda hacer la declaración sustitutiva, y así pueda tener la opción o de trasladarlo al ejercicio 2016 o en su defecto de hacer una solicitud de pago indebido al seniat y posteriormente la cesión de créditos fiscales
aquí puede descargar la planilla de solicitud de restitucion de pago indebido
Aquí puede descargar la planilla de cesión de créditos fiscales
- 3, LOS ASALARIADOS Y EL ARI 2016
El decreto 2266 aplica también para el
ejercicio fiscal 2016. Basado en ello todo trabajador que estime obtener
ingresos superior a 1000 unidades tributarias (177 mil bs) en el 2016 debe
hacer su ARI. Es por ello que en aras de
no seguirles descontando ISLR en exceso a los trabajadores, todas las
empresas deben APERTURAR UN ARI EXTRAORDINARIO EN ABRIL 2016 a los fines de corregir el ARI 2016
considerando que el trabajador tendrá dos rentas una exenta y una gravada
partiendo de una base exenta de 3000 ut (177 x 3000=531 mil bs) por lo que el
monto gravable a considerar será Renta estimada -531 mil bs, de esta manera el
porcentaje de retención será mucho menor. DE NO CORREGIR DICHO ARI LES SEGUIRAN
RETENIENDO ISLR EN LOS SIGUIENTES MESES.
SENIAT (@SENIAT_Oficial) 11 de abril de 2016
En función al Decreto 1.808 la dirección de Recursos Humanos deberá realizar el ajuste de la variación extraordinaria abril 2016 del ARI— SENIAT (@SENIAT_Oficial) 11 de abril de 2016
El nuevo ajuste en función al Decreto 1.808 del ARI deberá efectuarse antes de la 1°quincena del mes de abril a sus trabajadores— SENIAT (@SENIAT_Oficial) 11 de abril de 2016
En función al Decreto 1.808 la dirección de Recursos Humanos deberá realizar el ajuste de la variación extraordinaria abril 2016 del ARI—
SENIAT (@SENIAT_Oficial) 11 de abril de 2016
El SENIAT exhorta a los entes públicos y privados realizar el nuevo ajuste en función al Decreto 1.808 del ARI— SENIAT (@SENIAT_Oficial) 11 de abril de 2016
El basamento legal para no retener rentas exoneradas es el articulo 20 del decreto 1808 , el cual dice lo siguiente:
Artículo:20 No deberá efectuarse retención alguna en los casos de pagos en especie o cuando se trate de enriquecimientos exentos de impuesto sobre la renta, así como cuando se trate de enriquecimientos exonerados del mencionado impuesto, mientras dure la vigencia del beneficio, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Orgánico Tributario.
A continuación modelo de ARI a presentar en la empresa en abril 2016.
solo debes rellenar los campos en amarillo para el calculo
Una vez llenes la planilla con el nuevo % de retención ISLR , debe consignarla en el dpto de administración de la empresa donde trabaja , ya a partir del 30 de abril no deberían de retenerle ISLR o en su defecto el resultado es un menor % de retención de ISLR.
4. LOS NO ASALARIADOS Y EL DECRETO DE RETENCIÓN ISLR 1808
4. LOS NO ASALARIADOS Y EL DECRETO DE RETENCIÓN ISLR 1808
Las personas naturales no asalariadas que
presten servicios, son objeto de retención
de ISLR, de acuerdo a lo establecido en el decreto 1808.
La retención de islr para persona natural se
realiza si el pago es superior a 14750 bs, dicho calculo se realizaba por esta fórmula
(unidad tributaria x1000)/12= bs 14.750,00 con un sustraendo de bs 147,5 para
un 1% y bs 442,50 para un 3%,. Sustraendo = Valor
U.T. por
% retención por factor 83,3334.
Con la entrada en vigencia de decreto 2266, los
no salariados también disfrutan del beneficio de exoneración de 3 mil ut, por
lo que automáticamente deben de modificarse los cálculos de la nueva base de exención
por los pagos a realizar a proveedores personas naturales. Quedando los nuevos cálculos
así: (unidad tributaria x3000)/12= bs 44.250,00 con un sustraendo de bs 442,5
para un 1% y bs 1.327.50 para un 3%,. Sustraendo = Valor
U.T. Por
% retención por factor 250. considero que de esta forma no se violan principios de tributacion fundamentales, esperemos que con este planteamiento las autoridades tributarias modifiquen el decreto 1808 a los fines de que se pueda ajustar la base de exencion y sustraendo de los no asalariados en aras de cumplir con el principio de justicia tributaria y de legalidad , por sentido de justicia no se le puede retener islr a contribuyentes que estan amparados bajo un decreto de exoneracion y el minimo tributable tiene que ser calculado en funcion del monto base de exoneracion para electos de retenciones de islr.
En todo caso la modificacion propuesta es modificar el articulo 2 del decreto 1808 quedando redactado de la sig forma:
Artículo:2 En los casos de personas naturales residentes en el país, la retención del impuesto sólo procederá si el beneficiario de las remuneraciones obtienen o estima obtener, de uno o más deudores o pagadores, un total anual que exceda de tres mil unidades tributarias (3.000. u.t.).
Asi mismo modificar tambien el paragrafo segundo del art 9 del decreto 1808, quedando redactado de la sig forma:
Parágrafo Segundo: En todo caso de retención a personas naturales residentes en el país, el monto a retener será la cantidad que resulte de la aplicación del porcentaje menos el resultado que se obtenga de multiplicar el valor de la unidad tributaria (U.T.)por el porcentaje de retención y por el factor 250.
modelo de como quedaria la nueva tabla de retencion islr de reformar el decreto 1808
De no corregir esta situación para
el año 2017 , muchos NO ASALARIADOS que obtuvieron ingresos anuales en el
2016 inferiores a 531 mil bs , tendrán islr retenido en exceso sin poder
recuperarlo sino trasladarlo violando así principios de legalidad y justicia
tributaria.
5. LOS NO ASALARIADOS Y LA DECLARACION ESTIMADA DE ISLR
Toda persona natural NO ASALARIADA que obtuvo un enriquecimiento neto GRAVABLE en el ejercicio 2015 superior a 1500 ut debe de realizar la Declaracion Estimada de ISLR antes del 30/06/2016 , asi lo establece el articulo 156 del reglamento de la ley ISLR ,
Las actividades economicas que estan obligadas a declarar Estimada de ISLR son:
a) de
actividades mercantiles o crediticias;
b) del libre ejercicio de profesiones no
mercantiles;
c) del arrendamiento o subarrendamiento de bienes muebles o
inmuebles, y
d) de la participación en las utilidades netas de las sociedades
de personas o comunidades no sujetas al pago de ISLR.
El referido reglamento establece que se pueden rebajar los impuestos que le hayan sido retenidos hasta el mes
anterior al del plazo para presentar la declaración.
El decreto 2266 aplica para no asalariados y aplica para el ejercicio 2016 , por lo tanto aplica tambien para la declaracion estimada de ISLR , ya que el enriquecimiento neto a considerar es el enriquecimiento neto gravable y este se obtiene es deduciendo la renta exonerada por ley de 531 mil bs
PROPUESTAS AL SENIAT
PARA CORREGIR TAL SITUACION:
- 1. Que cumpla con lo prometido: es decir que anule los compromisos de pagos pendientes de todos aquellos trabajadores que declararon todos sus ingresos como rentas gravadas y que el sistema les permita a estos trabajadores hacer sustitutivas declarando todas las rentas como exentas (para el caso de de los que ganaron menos de 450 mil bs) o de hacer sustitutivas declarando las rentas como mixtas (para el caso de los que ganaron más de 450 mil bs).De esta forma el trabajador tendra la opcion de hacer una declaracion sustitutiva, usar la exoneracion y asi el credito fiscal resultante tendra la oportunidad de trasladarlo al proximo ejercicio o de recuperarlo a traves de una solicitud de pago indebido al seniat y poder asi realizar una cesion de creditos fiscales
- 2. Que emita una providencia especial que permita dentro del marco legal corregir dichas declaraciones y que dicha corrección no constituya un ilícito formal.
- 3. Realizar campaña informativa para que las empresas corrijan el ARI 2016 en el mes de ABRIL 2016 para que no les sigan reteniendo islr en exceso a los trabajadores.
- 4. Realizar campaña informativa para que los dptos de cuentas x pagar de las empresas realicen la retención de ISLR a los proveedores personas naturales en base a la reforma propuesta del decreto 1808 y a los nuevos cambios según el decreto de exoneración 2266
5, Toda esta situación se habría evitado si en vez de un decreto de exoneracion, hubiesen corregido la unidad tributaria calculándola acorde al art 131 num 15 del COT el cual indica que se debe calcular de acuerdo al INPC, y el seniat lleva nueve años publicando la unidad tributaria con ipc de 18% aprox , ocasionando esto que los mas pobres pagaran mas ISLR, en vez de los mas ricos.
María Rosa Campos
Abogada
Magister Internacional en Hacienda y Administracion Tributaria
Por que no están tomando en cuenta los porcentajes de la tabla, están en cero (0,00)
ResponderEliminarfue un error, ya se corrigio, la planilla esta en el enlace del ari
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