18 marzo 2015

Deberes Formales de las Firmas Personales en referencia a la Reforma de la ley de IVA 2014 y el derecho a deducir creditos fiscales art 33 ley IVA










Una de las novedades de la reforma de la ley de IVA 2014 es lo referente al derecho a deducir el credito fiscal de contribuyentes que no fuesen contribuyentes ordinarios.

Artículo 33. Sólo las actividades definidas como hechos imponibles del impuesto establecido 
  Paragrafo Primero:No seran deducibles los creditos fiscales : 
  1. Incluidos en facturas y demas documentos falsos o no fidedignos u otorgados por quienes no fueses contribuyentes ordinarios

Para ello hay que hacer acotacion que las personas naturales pueden realizar su actividad economica con firma personal o sin firma personal , para ello  deben de emitir facturas que cumplan con los requisitos hechas por una tipografia autorizada por el seniat o maquinas fiscales ( en el caso de que por su actividad economica sea obligatorio el uso de maquinas fiscales).

En la reforma de la ley del iva del 2014  ver link http://mundotributariovzla.blogspot.com/2015/01/decreto-1436-de-reforma-de-la-ley-de_12.html

 el numeral 1 del paragrafo primero del articulo 33 indica expresamente que no seran deducibles los creditos fiscales otorgados por quienes no fuesen contribuyentes ordinarios.