09 septiembre 2009

Actividades economicas no exoneradas de IVA


















Contribuyentes que estan obligados por Ley a llevar Maquinas Fiscales




De acuerdo a lo dispuesto en la disposicion transitoria segunda y tercera de la providencia 257 a partir del 01/02/2009 deben utilizar exclusivamente máquinas fiscales para la emisión de facturas, cuando concurran las siguientes circunstancias:

1. Obtengan ingresos brutos anuales superiores a un mil quinientas unidades tributarias (1500 u.t.).

2. El número de operaciones de ventas o prestaciones de servicios con sujetos que no sean contribuyentes ordinarios del impuesto al valor agregado, sea superior a las efectuadas con contribuyentes ordinarios de dicho impuesto.

3. Desarrollen conjunta o separadamente alguna de las actividades que se indican a continuación:

Publicada ley derogatoria parcial de la ley orgánica de Hacienda Pública Nacional

El 10 de agosto de 2009 se publico en Gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 39.238 el decreto ley derogatoria parcial de la ley orgánica de hacienda pública nacional , ver adjunto