27 septiembre 2011

NORMAS PARA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA PRINCIPAL,G.O NRO 39763 DEL 22-09-2011

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Número Nº 39.763
Caracas, jueves 22 de septiembre de 2011
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA VIVIENDA Y HÁBITAT
DESPACHO DEL MINISTRO
CONSULTORÍA JURÍDICA
Resolución Nº 124
Caracas, 05 de agosto de 2011
201º, 152º y 13º
Resolución:
En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 60 y 77, numerales 13 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública; el artículo 6, numerales 2 y 8, artículos 56 y 28 numeral 2, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 60 y 90 ejusdem.
Considerando:
Que corresponde al Estado venezolano a través del Órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat la rectoría del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, conjuntamente con el Ministerio con Competencia en materia de Vivienda y Hábitat como parte integrante de dicho Órgano, la regulación, formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política integral del Estado en materia de vivienda y hábitat.
Considerando:
Que es obligación del Estado venezolano garantizar el derecho a la vivienda consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asegurando el acceso de los ciudadanos y ciudadanas a las políticas, programas y proyectos que desarrolle en esa materia, conforme a principios constitucionales de justicia social, igualdad y equidad, dando prioridad a las familias de escasos recursos y de atención especial.
Considerando:
Que la simplificación de recaudos en las solicitudes de créditos para la adquisición de vivienda, coadyuvará en garantizar a una mayor cantidad de venezolanos y venezolanas el acceso a los beneficios del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat.
Resuelve:
Dictar las normas para el otorgamiento de créditos para adquisición de vivienda principal de conformidad con las condiciones de financiamiento establecidas en la Resolución No. 103, de fecha 19 de julio de 2011, publicadas en Gaceta Oficial No. 39.726 del 02 de agosto de 2011, así como los requisitos y documentación exigidos para el otorgamiento de los créditos que se otorguen con recursos de los fondos a que se refiere el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, con recursos propios de las Instituciones Financieras, establecidos en la Cartera Hipotecaria Obligatoria y recursos de los fondos que al efecto cree el órgano Superior del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, en los términos siguientes:

NORMAS, REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN, PARA EL OTORGAMIENTO
DE CRÉDITOS PARA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA PRINCIPAL