18 enero 2017

Declaracion ARI 2017 con Unidad Tributaria a 177 y con Decreto Exoneracion de 6000 mil UT


Estimados 

Ante las consultas recibidas en relacion a la aplicacion del decreto de exoneracion de ISLR anunciado por el presidente de Venezuela y que aun no tenemos la gaceta oficial publicada , nos permitimos hacerles llegar el modelo ARI 2017 con el decreto de exoneracion.

El trabajador se encuentra con el dilema si no hace el ARI el patron se lo hace y es peor entonces retendran un monto muy alto el cual la unica manera de recuperarlo es trasladandolo al proximo ejercicio.

Ante este dilema consideramos acertado hacer el ARI en ENERO con el decreto de exoneracion con la finalidad de que de un % de retencion menor o en cero y luego una vez se aclare si procede o no el ejercicio 2017 de resultar procedente o no de todas maneras tienen que cambiar el ARI cuando cambie la unidad tributaria.

Tambien esta el hecho de que muchos trabajadores vienen arrastrando un credito fiscal muy alto del ejercicio 2015.

Desde aqui un llamado a todos los patronos que CERRARON el proceso de recepcion de declaraciones ARI el 15/01/2017 para que los REAPERTUREN INMEDIATAMENTE  a los fines de que los trabajadores  puedan introducir sus declaraciones ARI ante el patron y asi no les descuenten INDEBIDAMENTE retenciones de ISLR el 31/01/2017 y los meses subsiguientes.




34 comentarios:

  1. En mi humilde opinión, el ARI, aunque esto sea cruel, debe realizarse sobre la base total de los ingresos esperados a percibir (obviamente que sean gravables) pues, el decreto de exoneracion dictado por el presidente de la república, establece explicitamente, que aplica a los ingresos percibidos durante el ejercicio fiscal 2016, y ya que el ARI se hace para realizar las retenciones del año 2017, y sobre la base de un estimado a devengar en el ejercicio fiscal 2017, el decreto de exoneracion no lo cubre.

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    1. Completamente de acuerdo colega.

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    2. Completamente de acuerdo colega.

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    4. Ciertamente no lo cubre, pero entonces viene el gobierno y saca su decreto cuando ya estas a punto de declarar el islr, pero ya no hay nada que hacer por que ya te lo han retenido durante todo el año, y como sabemos no te lo reintegran y te queda un excedente fiscal forever.

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  2. ya salio publicado en gaceta oficial el decreto de exoneracion de islr y efectivamente no cubre el ejercicio 2017. Lo mas probable q x la presion de los trabajadores dentro de poco modifiquen el decreto corrigiendo un error par q cubr ejercicio 2017. Es un riesgo q corre el trabajador

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  3. la voracidad tributaria del gobierno lo lleva a retener y recaudar primero 3 meses y después te dice que reconoce que esta castigando al trabajador y saca la mal llamada exención cuando lo que debe hacer es una remisión

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  4. independientemente de lo que retengan eso es un anticipo a la declaración definitiva para el año proximo

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  5. exención
    nombre femenino
    1.
    Efecto de eximir a una persona de una carga, culpa, obligación o compromiso.
    "la sentencia significa la exención de responsabilidad criminal pero no de responsabilidad civil"
    2.
    Libertad de que goza una persona para eximirse de una obligación.
    "exenciones fiscales; exenciones tributarias"

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  6. La Remisión es un modo de extinción de las obligaciones tributarias establecido por Ley, a través de la cual el legislador, de manera unilateral, condona o perdona a los contribuyentes y responsables, con ánimo de liberalidad, el cumplimiento del todo o parte de sus obligaciones.29 feb. 2016

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  7. En la empresa donde laboro, me realizco uns retencion la primera quinena de Enero 2017 sin enviarme la planilla para yo llenarla y validarla. el descuento lo realizo basado en % usado para la ultima quincena de Dic-2016. Esta retenciòn es la maxima debido que durante todo el año 2016 y hasta el mes de agosto no me retuvieron ISLR. Es legal que este año hagan esta arbitrariedad. Agradezco su aclaratoria.

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    1. Es legal si tu no presentaste el cálculo de ARI dentro del plazo establecido, la empresa debe asegurarse si corresponde retenerte y si tu no presentas tu ARI ante el patrono o el ente encargado de dicho descuento dentro de los primeros 13 días del mes que corresponde, la empresa tiene la potestad de calcularte el ARI de acuerdo a sus criterios. Así que para la próxima te recomiendo estar pendiente y ser tú quien entregue el cálculo de ARI al patrono en el lapso establecido te corresponda o no que la empresa te retenga.

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  8. Buenos dias, tengo una duda, hay algun degravamen especial para las personas que devenguen mas de 10000 U.T. al año? en ese caso como seria el calculo?

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  9. entonces, el ARI 2017 no lleva la exoneracion de las 6mil UT ya que dice q es para los ingresos del 2016?

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  10. Ya que la gaceta solo dice que las 6000 UT aplica para el 2016, puedo usar la exoneracion de 3000 UT que si aplica para el periodo 2016 y 2017?

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    1. Articulo 2°: La exoneración prevista en este Decreto se aplicará respecto de los enriquecimientos netos anuales de fuente territorial obtenidos por las personas naturales residentes en el país, durante el ejercicio fiscal 2015 y los que se obtuvieren durante 2016.

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  11. La empresa donde trabajo (Publica) nos dice que tenemos que declarar el ARI sin cargas familiares ni gastos y que tenemos que aplicar en base a 1000 UT entonces no son 6000 UT para declarar el ARI este año???? Ayuda por favor

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  12. La empresa donde trabajo (Publica) nos dice que tenemos que declarar el ARI sin cargas familiares ni gastos y que tenemos que aplicar en base a 1000 UT entonces no son 6000 UT para declarar el ARI este año???? Ayuda por favor

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  13. Los trabajdores son responsables de lo q declaran en el ARI , el patrin esta obligado a recibirlo este como este

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  14. BUENAS TARDES...ESTE DECRETO ES PARA EL ARI, O SOLO PARA LA DECLARACION ISLR????

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  15. por favor me estan pidiendo el ari 2017 y no se que aplicarle por fin es a 6000ut?

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  16. estamos a la expectativa, la empresa (privada) para la cual laboro se tomo la molestia de solicitarnos la ARI porque los % eran exorbitantes. yo espero aun la pronunciación del ejecutivo nacional

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  18. yo quiero declarar y aplicar el decreto 2680 pero en el formato no hemos podido hacerlo

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  19. Buenas tardes, cómo se efectúa la declaración 2016, aplicando el decreto en personas que tienen ingresos por salarios e ingresos adicionales?

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    1. Luisa buen día, debes Declarar como Persona Natural Residente, Asalariada y No Asalariada con Rentas Gravadas y Rentas Exentas.... En rentas Exentas (Honorarios o lo que realices) debes colocar 1.062.000,00.

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  20. MUY BUEN DIA, NECESITO SABER SI DENTRO DEL CALCULO PARA LAS RETENCIONES SE INCLUYE EL CESTA TICKETS Y SI ES LEGAL QUE CADA QUINCENA LA INTITUCION ME RETENGA UN % DE ACUERDO A LO QUE DEVENGO???

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  21. Estimado David si, tienes que calcular por igual el cesta ticket igualmente entra entre los ingresos netos.

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  22. Buenos días, quisiera que me aclaren que tomo en cuenta para calcular los cantidad por percibir de la empresa, quisiera un ejemplo. saludos...

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  23. buenas tarde una opreguntica cual es el tope basico para llenar el ari?

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  24. estimados colegas si bien es cierto y comparto el comentario que el decreto de emergencia nace y muere para el año 2016. el decreto expresa taxitamente " articulo 3 ...tendrán a su favor un crédito fiscal equivalente al monto pagado, hasta la concurrencia de la cantidad exonerada. Dicho crédito fiscal, podrá ser cedido o aplicado a los ejercicios fiscales posteriores." lo que se traduce que en el ARI al final, en estas casillas podríamos compensar ese crédito adicional hasta que no extingamos con la declaración posterior, dentro de la legislación que regula la materia no hace referencia alguna de este caso y ante la omisión del legislador no se considera evasión sino compensación

    TOTAL DE IMPUESTO QUE LE HAN RETENIDO HASTA LA FECHA
    TOTAL REMUNERACIONES PERCIBIDAS HASTA LA FECHA

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  25. Estimados sres, si bien es cierto q el decreto de exoneracion solo abarca ejercicio 2016, muchos trabajadores han optado por hacer su ari considerando un ingreso mebor a los fines de q les de como resultado un % retencion islr de cero. Y es comprensible ya q la subestimacion de la unidad tributaria ha ocasionado q se incrementen mas contribuye tes vias base de exencion la cual es de 1000 ut q serian 300.000,00 mil bs y hoy en dia todo asalariado pasa a ser contribuyeñnte del islr lo q va en contra del principio de igualdad , los asalariados estan pagando el peor impuesto q es la inflacion para q ahora lo pongan a pagar islr , en razon de ello y asi eludir q le retengan islr dinero q muy posiblemente solo lo pueda trasladar al ejercicio 2018 al decretar tambien el 2017 exento .recordemoa q llevamos 2015 y 2016 exentos y el 2017 no es la excepcion ya q ha empeorado la situacion

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  26. EN GACETA OFICIAL 41293 DE FECHA 05 DE DICIEMBRE 2017 ESTABLECE QUE QUEDAN EXONERADOS DEL PAGO DE IMPUESTO HASTA POR UN MONTO DE 32000 UT

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