19 abril 2016

SENIAT activa opción de declaración sustitutiva con porciones pendientes de pago


Autor: Camilo London
Fuente: http://gerenciaytributos.blogspot.com/2016/04/seniat-activa-opcion-de-declaracion.html


Ante la inusual situación que se presentó el pasado mes de marzo con la exoneración sobrevenida de enriquecimientos netos de fuente territorial de personas naturales residentes, conforme lo dispuso elDecreto 2266 del 08 de ese mes, los contribuyentes que habían presentado previamente declaración del ISLR sin la exclusión de 3000 UT exoneradas y que determinaron un impuesto a pagar dividido hasta en tres porciones, tenían la limitación del sistema electrónico de procesamiento que impedía modificar por medio de la sustitución a la declaración previamente presentada, hasta tanto se realizara el pago la totalidad de dichas porciones. 

La limitación no operaba para los que habían realizado el pago de la totalidad del tributo, quienes solo debían acceder al portal Web del SENIAT y desde allí realizar la sustitución de la declaración. 

La restricción  ha sido levantada por el SENIAT y ahora los contribuyentes que hubieren presentado declaración previa generando porciones de pago sin la consideración de la exoneración prevista en el Decreto 2266, podrán sustituir de forma directa su declaración a través de la opción dada por el Web del SENIAT, aun cuando no hayan cancelado éstas. Por lo cual las personas naturales residentes podrán hacer su declaración sustitutiva sin restricciones, declarando como exonerados los enriquecimientos netos de fuente territorial hasta la concurrencia de 3000 U.T.

Esta modificación permitirá a los contribuyentes que este próximo 20 de abril debían realizar el pago de la segunda porción del ISLR fraccionado, corregir previamente la declaración para aprovechar la exoneración que habían omitido, modificando los compromisos de pago y así evitar un pago en exceso de impuesto.

Para la formulación de la declaración sustitutiva los contribuyentes que hubieren omitido considerar la exoneración del ISLR prevista en el Decreto 2266, deberán seleccionar la opción de rentas“exentas/exoneradas” que se muestra en el menú inicial del sistema de procesamiento de declaraciones del Web Site del SENIAT y luego continuar completando la información en el formulario.

Si tienes dudas sobre la forma de realizar la declaración del ISLR de personas naturales en consideración de la exoneración prevista en el Decreto 2266, el equipo de NAYMA CONSULTORESdesarrolló un didáctico tutorial que de seguro te guiará en el proceso. Solo debes recordar que al iniciar el procesamiento, debes seleccionar la opción de declaración “SUSTITUTIVA”.  Para acceder al tutorial ¡click aquí!

Al hacer la sustitutiva, de ser el caso, con un menor enriquecimiento neto gravado, el sistema deja sin efecto los compromisos de pago establecidos en las porciones previamente determinadas. Si el impuesto determinado en la declaración sustitutiva es menor al impuesto que se determinó y pagó con la primera porción de fraccionamiento de la declaración originaria, resultará un crédito a favor del contribuyente. Si es el caso de que el monto del impuesto determinado en la declaración sustitutiva es mayor al monto del impuesto que corresponde a la primera porción pagada del ISLR, se  generará una nueva planilla de pago por dicha diferencia.