05 mayo 2010

Ivss aclaró pasos para solicitar pensión especial de vejez

IMPUESTOS SOCIALISTAS (PARTE II)

Impuestos Socialistas ?(parte II)?


1. Automatización de todos los procesos del SENIAT En el Seniat se requiere una automatización verdadera, fácil, segura y rápida de todos los procesos, no puede ser que Los contribuyentes especiales (es decir los mas grandes del país) no tienen habilitados la opción del pago electrónico de sus impuestos, mientras una persona natural puede pagar online las personas jurídicas todavía tienen que emitir el cheque a nombre del tesoro nacional, por dios ¡no ofrecen facilidades para pagar¡ , en su lugar, toca imprimir una planilla cinco veces y luego ir a hacer la cola de un día para pagar. También como es posible que las declaraciones se presentan mediante un sistema Web hecho en JSP con una DB Oracle, que se la pasa caído buena parte del tiempo. Por otra parte la presentación de las retenciones IVA e ISLR que se presentan dos veces al mes, no te dan un formulario para llenar en línea. En su lugar, te dan unas hojas de Excel, llenas de macros... para generarles un XML previamente! O peor: "baje la hoja XXX, abrala en Excel, y conviértala a TXT". WTF!? Esto excluye a todos los que usen Macs, Linux y OpenOffice (donde quedo la promesa del gobierno bolivariano con el Software Libre?) evidentemente si el sistema encuentra datos extraños, se los traga alegremente, o te tira errores poco descriptivos. La documentación esta escrita para desarrolladores de sistemas (todos los usuarios tienen que hacer una carrera en Ingeniería en Informática solo para declarar sus impuestos).

2. Revision de la tarifa de ISLR que pagan Las empresas de MINERIA: Al igual que hidrocarburos las empresas mineras pagan tarifa 2 en ISLR, sin embargo en el año 2006 nuestro presidente detecto esta situación y denuncio que las empresas de hidrocarburos pagaban 34% (tarifa 2) y no 50% (tarifa 3), se les hicieron los reparos y se lograron que pagaran y también las empresas mixtas. En el ramo del oro al contrario de hidrocarburos, las empresas que explotan, producen y comercializan ORO pagan tarifa 2 en el ISLR ,lo que significa que pagan un maximo de un 34%, (las petroleras pagaban tarifa 2 (34%) , se les reparo por este concepto y ahora pagan tarifa 3 (50%), las mineras actualmente pagan tarifa 2 (34%) a pesar de que la ley dice claramente que tienen que pagar tarifa 3 (60%), y el estado no ha tomado cartas en el asunto, debido a que el sector ORO es muy poderoso (es el único mineral que ha incrementado su valor en los últimos años), y en el cual funcionan unas mafias del oro que compran todo , hasta al mas honesto incluso funcionarios.

Lo que dice la Ley de ISLR:

Artículo 12. Las personas naturales y los contribuyentes asimilados a éstas, estarán sujetos al impuesto previsto en el literal a del artículo 53 de esta Ley por las regalías y demás participaciones análogas provenientes de la explotación de minas y por los enriquecimientos derivados de la cesión de tales regalías y participaciones.
Los contribuyentes distintos de las personas naturales y de sus asimilados, que no se dediquen a la explotación de minas, de hidrocarburos y de actividades conexas, también estarán sujetos al impuesto establecido en el literal a del artículo 53 de esta Ley, por los enriquecimientos señalados en el encabezamiento del presente artículo.

Artículo 53. Los enriquecimientos anuales obtenidos por los contribuyentes a que se refieren los artículos 11 y 12 de esta Ley se gravarán, salvo disposición en contrario, con base en la siguiente Tarifa:

Tarifa N° 3

a. Tasa proporcional de sesenta por ciento (60%) para los enriquecimientos señalados en el artículo 12.

b. Tasa proporcional de cincuenta por ciento (50%) para los enriquecimientos señalados en el artículo 11.


Y con respecto al Impuesto al Valor Agregado (IVA), se propone Modificar el articulo 2 de la providencia 056, específicamente en lo relacionado a la disposición que desde el año 2005 establece que LOS COMPRADORES DE ORO , pasan a ser agentes de retencion de IVA (antes era solamente el BCV), esta situación ha ocasionado que los compradores se apropien indebidamente del dinero retenido ya que no lo enteran al fisco , veamos que dice el art 2 de la providencia 056:


Artículo 2.— Se designan responsables del pago del impuesto al valor agregado, en calidad de agentes de retención, a los compradores o adquirentes de metales o piedras preciosas, cuyo objeto principal sea la comercialización, compra venta y distribución de metales o piedras preciosas, aun cuando no hayan sido calificados como sujetos pasivos especiales por parte del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).


Al existir un control de cambio en el país se hace mucho mas atractivo para los extranjeros el precio del oro en Venezuela , llegándose a incrementar las ventas de oro a nivel nacional , aumentando la cantidad de COMPRADORES DE ORO, por lo tanto las ventas de las mineras grandes, así como también se ha incrementado el contrabando de divisas, esta tendencia se ha acentuado en los últimos tres (03) años , donde prácticamente mas del 90% de la producción de Oro en el país se le vendía al BCV, y ahora gran % de las ventas se están realizando a los COMPRADORES DE ORO , los cuales a su vez son AGENTES DE RETENCION DE IVA, mas del 90% no retiene, y los que retienen no enteran, estos compradores de oficio cambian su personalidad jurídica todos los años, cambian de domicilio fiscal para eludir el control fiscal, haciéndose imposible localizar a los mismos fácilmente; aunado al hecho que se ha evidenciado que por lo general lo que declararan como produccion de ORO no llega ni al 20% real , llevandose el 80% de la produccion por los caminos verdes (los consejos comunales de las zonas mineras estan al tando de los vuelos nocturnos de avionetas que salen de nuestro pais con el oro extraido)