Mostrando entradas con la etiqueta SENIAT. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta SENIAT. Mostrar todas las entradas

10 marzo 2012

SE CREA LA DIRECCIÓN DEL DESPACHO DE LA SUPERINTENDENCIA DEL SENIAT ,G,O NRO 39875 DEL 02-03-2012

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Número 39.875
Caracas, viernes 02 de marzo de 2012
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
DE PLANIFICACIÓN Y FINANZAS
SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN
ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT)
Providencia Administrativa SNAT/Nº 00010
Caracas, 02 de marzo de 2012
201º y 153º

Considerando:

Que el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) como institución modelo y moderna de la Administración Pública Nacional; constantemente responde y se adapta institucionalmente al desarrollo socio económico del país, para administrar eficientemente los procesos aduaneros y tributarios en el ámbito nacional, así como para ejecutar otras competencias que legalmente tiene asignadas.

Considerando:

Que se evidencia la necesidad de modificar la estructura organizativa de la Superintendencia Nacional Aduanera y Tributaria, con el propósito de adecuarla a los requerimientos del Proyecto Nacional Simón Bolívar;

Considerando:

Que es de suma importancia profundizar y articular de la forma más eficiente, la ejecución de las Políticas Públicas encomendadas y de competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT);

Considerando:

Que toda actividad de coordinación relativa a temas interinstitucionales, de proyectos de cooperación, de información de impacto en la opinión pública y asistencia técnica, así como los asuntos, requerimientos y convenios internacionales e interinstitucionales; ameritan una alta direccionalidad, un estratégico seguimiento y control exhaustivo con miras a preservar la imagen y actuación institucional, tanto nacional como internacionalmente, resguardando los intereses de la República;

Considerando:

Que de conformidad con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Simplificación de Trámites Administrativos, los órganos y entes de la Administración Pública en el ámbito de su competencia, están en la obligación de simplificar los procedimientos administrativos que realicen con base a los principios de simplicidad, transparencia, celeridad, eficacia, eficiencia, rendición de cuenta, solidaridad, responsabilidad en el ejercicio de la función pública y desconcentración en la toma de decisiones;

Considerando:

Que el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, en su condición de jefe y máxima autoridad de la Administración Aduanera y Tributaria, requiere canalizar y controlar constantemente la ejecución de los lineamientos y directrices impartidas a las distintas dependencias que conforman el Servicio, y la estructura institucional actual carece de una dependencia con tal mandato.

El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en ejercicio de las competencias atribuidas en el numeral 36 del artículo 4, en los artículos 6 y 7 y en el numeral 2 del artículo 10 de la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.320 de fecha 08 de noviembre de 2001, dicta la siguiente:

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA MEDIANTE LA CUAL SE CREA LA DIRECCIÓN
DEL DESPACHO DE LA SUPERINTENDENCIA DEL SERVICIO NACIONAL
INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA
Y SE REASIGNAN OFICINAS ADSCRITAS A ESTA