02 septiembre 2012

publican decreto exoneracion de IVA para importaciones del sector publico telecomunicaciones,decreto 9134 , gaceta 39985 del 14/08/2012

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Número 39.985
Caracas, martes 14 de agosto de 2012
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto Nº 9.134
Caracas, 14 de agosto de 2012
HUGO CHÁVEZ FRÍAS,
Presidente de la República

Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, la refundación del Estado Venezolano, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso de la Patria y del colectivo, por mandato del pueblo, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 236 numeral 11 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que Establece el Impuesto al Valor Agregado, en concordancia con los artículos 74, 75 y 76 del Código Orgánico Tributario, en Consejo de Ministros.

JORGE ANTONIO GIORDANI CORDERO,
Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas

Por delegación del Presidente de la República Hugo Chávez Frías, según Decreto Nº 8.328 de fecha 14 de julio de 2011, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.715 de fecha 18 de julio de 2011.

Considerando:

Que es deber del Ejecutivo Nacional garantizar, a los usuarios y usuarias del Sistema Nacional de Medios Públicos, la información, comunicación y difusión de los planes y proyectos del Estado Venezolano, a través de una información libre, oportuna y veraz,

Considerando:

Que resulta necesaria la ampliación de la cobertura de Radio Mundial, como parte del Sistema Nacional de Medios Públicos, para llevar a más venezolanos su línea editorial, informativa y de opinión,

Considerando:

Que es política del Ejecutivo Nacional instrumentar incentivos fiscales para la importación de bienes que coadyuven al logro de los fines mencionados en los considerandos anteriores.

Decreta:

Artículo 1º—Se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de los bienes muebles corporales realizadas por los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional, enmarcadas exclusivamente en el Proyecto "Modernización de Radio Mundial", que se señalan a continuación:


ÓDIGO ARANCELARIO

DESCRIPCIÓN
ARANCELARIA

DESCRIPCIÓN
DE LA MERCANCÍA

CANTIDAD

1

8529.10.90

Los demás; partes

Antena de recepción GPS:
2. Código 001.907.035

3

2

8518.50.00

Equipos eléctricos para amplificación de sonido

AR-101+Amplificador de auriculares y señalización PCR

8

3

8518.30.00

Auriculares, incluidos los de casco, incluso combinados con micrófono, y juegos o conjuntos constituidos por un micrófono y uno o varios altavoces (altoparlantes)

Auriculares

58

4

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual a 30 A

Bases 7 tomas americanas

15

5

8544.41.20

Los demás, de cobre

Cableado patch panel digital a krone

4

6

8543.89.90

Los demás

Central horaria

3

7

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Chasis DSP 3 U/19", 10 slots

2

8

8543.89.90

Los demás

Consola digital DHD 52SX

6

9

8543.89.90

Los demás

Controlador de comunicaciones

2

10

8543.89.90

Los demás

Controlador de DPS

5

11

9403.90.00

Partes

Encimera de control de 300 cm

6

12

9403.90.00

Partes

Encimeras de Control de 400 cm.

2

13

8504.40.90

Los demás

Fuente de alimentación

4

14

8504.40.90

Los demás

Fuente de alimentación

2

15

8521.90.00

Los demás

Grabador/Reproductor de DVD

6

16

8521.90.00

Los demás

Grabador/Reproductor digital

6

17

8521.90.00

Los demás

Grabador/Reproductor digital CF

2

18

8529.90.10

Muebles o cajas

GUÍAS COLGANTES LOGIC/ECO P 900

30

19

8529.90.90

Las demás

Híbrido telefónico digital doble

6

20

8529.90.90

Las demás

Híbrido telefónico digital doble

2

21

8504.40.10

Unidades de alimentación estabilizada («UPS»)

KIT

6

22

8544.41.20

Los demás, de cobre

KVM Extender (USB)

28

23

8544.41.20

Los demás, de cobre

KVM Extender (USB)

12

24

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Latiguillo Bantam 60 cm.

30

25

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Latiguillo para pach digital

40

26

4907.00.90

Los demás

Licencia adicional prodys control usuario

3

27

4907.00.90

Los demás

Licencia de software controlador tarjeta adicional

6

28

4907.00.90

Los demás

Licencia de Software X-Frame con emisión, grabación, parrilla de programación y auditor

2

29

4907.00.90

Los demás

Licencia de Software X-Frame grabación para puesto de redacción

10

30

4907.00.90

Los demás

Licencia de Software X-Frame grabación para puesto de redacción

12

31

8544.41.20

Los demás, de cobre

Material de instalación

3

32

8544.41.20

Los demás, de cobre

Material de instalación

1

33

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Material de instalación

6

34

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Material de instalación

2

35

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Material instalación control central

1

36

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Material instalación control central

2

37

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Materiales y modificación monitor FOSTEX

22

38

9403.60.00

Los demás muebles de madera

Mesa para locutorio

2

39

9403.60.00

Los demás muebles de madera

Mesa para locutorio adosada

6

40

8518.10.00

Micrófonos y sus soportes

Micrófono dinámico

2

41

8518.10.00

Micrófonos y sus soportes

Micrófono para locutorio

34

42

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Módulo de 4 In/Out Line + 4 GEPIO - 18 dVu

27

43

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Módulo de 4 In Micro + 2 Out Cascos + 2 GPI + 2 ACI + 4 GPO. 4 conectores RJ 45

4

44

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Módulo de 8 In/Out Digitales + 4 GEPIO

19

45

8543.89.90

Los demás

Módulos de Control "Central"

2

46

8543.89.90

Los demás

Módulo de Faders, extendido

8

47

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Módulo DSP con conector para Submódulos

5

48

8543.89.90

Los demás

Monitor

22

49

8543.89.90

Los demás

Monitores

10 pares

50

8543.89.90

Los demás

Multiefectos

8

51

8536.50.19

Los demás

Multiswitch KVM extender (USB) para ratón, teclado y monitor de 8 PC´s para control local y remoto, incluye cableado (x8) y monitor 1U.

6

52

8543.89.90

Los demás

Panel adaptador 1U/19"RJ 45/XLR

8

53

8543.89.90

Los demás

Panel táctil LCD multifunción

2

54

9017.20.10

Pantógrafos

Pantógrafo

8

55

9403.90.00

Partes

Patas para encimeras adosadas

36

56

9403.90.00

Partes

Patas para encimeras de control

56

57

9403.90.00

Partes

Patas para mesas de locutorio

12

58

8538.10.00

Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes de la partida 85.37, sin sus aparatos

Patch Pannel análogicos 2x 48 bantam

3

59

8538.10.00

Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes de la partida 85.37, sin sus aparatos

Patch Pannel digital

4

60

8538.10.00

Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes de la partida 85.37, sin sus aparatos

Perfiles de montaje

2

61

8518.10.00

Micrófono y sus soportes

Pie de micrófono

28

62

8518.90.90

Las demás

Pinza micrófono

2

63

8544.41.20

Los demás, de cobre

Precableado para consolas

6

64

8538.10.00

Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes de la partida 85.37, sin sus aparatos

Rack bajo guión mesa para alojamiento de equipos 12U

8

65

8538.10.00

Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes de la partida 85.37, sin sus aparatos

Rack sobre guión mesa para alojamiento de equipos 9U

8

66

8538.10.00

Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes de la partida 85.37, sin sus aparatos

RACK, para alojamiento y equipamiento técnico, LOGIC A 600 47 U F 900 SIN PUERTA

9

67

9102.91.00

Eléctricos

Reloj

13

68

9102.91.00

Eléctricos

Reloj

2

69

8519.99.10

Reproductores por sistema de lectura óptica

Reproductor de CD

12

70

8519.99.10

Reproductores por sistema de lectura óptica

Reproductor de CD

4

71

8521.90.00

Los demás

Reproductor/Grabador DVD y HD

2

72

8529.90.90

Los demás

Sintonizador múltiple (8 estaciones) Optopus

3

73

8524.31.00

Para reproducir fenómenos distintos del sonido o imagen

Software de Enrutamientos/Agendas

10

74

8524.31.00

Para reproducir fenómenos distintos del sonido o imagen

Software Monitorado

10

75

8524.31.00

Para reproducir fenómenos distintos del sonido o imagen

Software Monitorado

12

76

9403.20.00

Los demás muebles de metal

Soporte pantógrafo

8

77

9403.20.00

Los demás muebles de metal

Soporte para monitores

22

78

9403.20.00

Los demás muebles de metal

Soporte para monitores

10

79

9403.20.00

Los demás muebles de metal

Soporte

2

80

8543.89.90

Los demás

Submódulo MADI AES10 dual

3

81

8543.89.90

Los demás

Submódulo MADI AES10 sencillo

2

82

8536.50.19

Los demás

Switch PoE para consola

2

83

8473.30.00

Partes y accesorios de máquinas de la partida 84.71

Tarjeta de audio interfax

9

84

8529.90.20

Tarjetas con componentes impresos o de superficie

Tarjeta de audio profesional con 4 entradas y salidas analógicas y digitales

2

85

8529.90.20

Tarjetas con componentes impresos o de superficie

Tarjeta de generación de "TOP" horario para centrales

3

86

8529.90.20

Tarjetas con componentes impresos o de superficie

Tarjeta Digital In/Out/GPIO, 8ch. 4 conectores RJ45, 4 entradas AES/EBU/SPDIF, 4 salidas AES/EBU/SPDIF, 4 GPIO aislados

10

87

8529.90.20

Tarjetas con componentes impresos o de superficie

Tarjeta DORIS

9

88

9403.90.00

Partes

UNI/CSG140K/S Base para mesa con pasacables

18

89

9403.90.00

Partes

UNI/CSG140K/S Base para mesa con pasacables

12

90

9403.20.00

Los demás muebles de metal

WSH/001/PQR/S Brazo completo para TFT

26

91

9403.20.00

Los demás muebles de metal

WSH/001/PQR/S Brazo completo para TFT

12

92

9403.90.00

Partes

WSH/B2B/S Adaptador para doble brazo

8

93

8529.10.90

Los demás; partes

WSH/PST400/K/S Poste 400 mm

18

94

8529.10.90

Los demás; partes

WSH/PST400/K/S Poste 400 mm

12

95

8544.59.10

De cobre

CABLE FLEXIBLE DE FUERZA de 185 mm ²

300m

96

8544.49.10

Los demás, de cobre

CABLE FLEXIBLE DE NEUTRO de 240 mm ²

50m

97

8544.59.10

De cobre

CABLE FLEXIBLE DE TIERRA de 240 mm ²

50m

98

8544.59.10

De cobre

CABLE FLEXIBLE FUERZA de 70 mm ²

200m

99

8544.59.10

De cobre

CABLE FLEXIBLE FUERZA de 95mm ²

300m

100

8544.49.10

Los demás, de cobre

CABLE FLEXIBLE NEUTRO de 35 mm ²

100m

101

8544.49.10

Los demás, de cobre

CABLE FLEXIBLE NEUTRO de 50mm ²

100m

102

8544.49.10

Los demás, de cobre

CABLE FLEXIBLE NEUTRO de 70 mm ²

50m

103

8544.49.10

Los demás, de cobre

CABLE FLEXIBLE NEUTRO de 95 mm ²

50m

104

8544.59.10

De cobre

CABLE FLEXIBLE TIERRA de 35 mm ²

100 m

105

8544.59.10

De cobre

CABLE FLEXIBLE TIERRA de 50 mm ²

100 m

106

8544.59.10

De cobre

CABLE FLEXIBLE TIERRA de 70 mm ²

100 m

107

8502.11.10

De corriente alterna

GE LMVO/100

2

108

8502.11.10

De corriente alterna

GE LMVO/152

1

109

8502.11.10

De corriente alterna

GE LMVO/186

2

110

8502.11.10

De corriente alterna

GE LMVO/350

1

111

8502.11.10

De corriente alterna

GE LMVO/461

1

112

8536.90.90

Los demás

TERMINALES DE 185 mm²

48

113

8536.90.90

Los demás

TERMINALES DE 240 mm²

8

114

8536.90.90

Los demás

TERMINALES DE 35 mm²

16

115

8536.90.90

Los demás

TERMINALES DE 50 mm²

16

116

8536.90.90

Los demás

TERMINALES DE 75 mm²

36

117

8536.90.90

Los demás

TERMINALES DE 95 mm²

52

118

7326.90.00

Las demás

Suministro de clavijas

265

119

3208.90.00

Los demás

Suministro de pintura de torre

1

120

3208.90.00

Los demás

Suministro de pintura de torre

1

121

7326.90.00

Las demás

Suministro de Rompe coronas

54

122

7308.20.00

Torres y castilletes

Suministro de torre arriostrada

1

123

7308.20.00

Torres y castilletes

Suministro de torre arriostrada

1

124

8525.10.20

De radiodifusión

Equipo electrónico para las trasmisiones de radio. (25kW MW Trasmitter with two 31/8", 50 Ohm out put and antenna/dummy load selector (Conmutador Manual), DAM, M=1,4.)

4

125

8525.10.20

De radiodifusión

Equipo electrónico para las trasmisiones de radio. 50kW MW. (Trasmitter with two 3 1/8", 50 Ohm out put and antenna/dummy load selector (Conmutador Manual), DAM, M=1,4.)

1

126

8479.89.20

Humectadores y deshumectadores (excepto los aparatos de las partidas 84.15 u 84.24)

Equipo eléctrico para eliminar la humedad (Dehydrators for 3 1/8" coaxial cable of 130m)

5

127

7906.00.00

Tubos y accesorios de tuberías (por ejemplo: empalmes [racores], codos, manguitos), de cinc

Paso de pared (Double Wall Feed Thru for 3 1/8" Coaxial Cable).

5

128

9026.20.00

Para medidas o control de presión

Conector para cable coaxial 3 1/8" EIA conector for Coaxial Cable (Gass Stop).

12

129

8544.41.20

Los demás, de cobre

Cable coaxial flexible de 50 ohm de impedancia y grosor de 3 1/8 (3 1/8" 50 ohm Coaxial Cable)

780 m

130

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Conector de entrada de los diplexer y los triplexer de 3 1/8" para líneas rígidas (3 1/8" EIA Flange End Terminal for Tuning Network)

11


8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Conector para cable coaxial (Grounding kit for 3 1/8" line)

10

132

9032.89.19

Los demás

Regulador de voltaje (AVR for 25 kW Tx with m=1,4 with Isolation Transformer, Input 480 V 3Ø 60 Hz, Output 380V 3Ø 60 Hz (Regulador de Voltaje)

4

133

9032.89.19

Los demás

Regulador de voltaje (AVR for 50 kW Tx with m=1,4 with Isolation Transformer, Input _480 v 3Ø 60 Hz, Output 380V 3Ø 60 Hz

1

134

9032.89.11

Para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual a 30 A

Regulador de voltaje (AVR for 25 KW Tx 80 kva, Input 480 V 3Ø 60 Hz, Output 208 V 3Ø 60 Hz (Para TX Nautel)

1

135

8529.10.90

Los demás; partes

Triplexer 25+25+25 Mínima separación de frecuencia 200 KHz

1

136

8529.10.90

Los demás; partes

Triplexer 25+25, Mínima separación de frecuencia 200KHz

3

137

8529.10.90

Los demás; partes

Diplexer 50+50 para 50Q

1

138

8536.50.19

Los demás

Protector de voltaje para transmisor de 25KW (line Protector of 2nd Level for 25kW Transmitter (AVR)

5

139

8536.50.19

Los demás

Protector de voltaje para trasmisor de 25kW (line Protector of 3rd Level for 25kW Transmitter (Tx)

5

140

8536.50.19

Los demás

Protector de voltaje para trasmisor de 50kW (Line Protector of 2nd Level for 50kW Transmitter (AVR)

1

141

8536.50.19

Los demás

Protector de voltaje para trasmisor de 50kW (line Protector of 3rd Level for 5kKW Transmitter (Tx)

1

142

8529.90.90

Las demás

50 Ohm Dummy Load with two 3 1/8", Inputs for 50kW MW Transmitter and m=1,4

1

143

8544.20.00

Cables y demás conductores eléctricos, coaxiales

Cable coaxial construido con tubos de cobre de 3" 1/8 de pulgada 50 Ohm 3 1/8" Rigid Line (Feeder )

60m

144

8536.90.90

Los demás

Codo de 90 grados de cobre con conector interior para línea de 3/8" (Elbow 90º, 3 1/8" with inner conector)

30

145

8536.90.90

Los demás

Conectores para las líneas de cobre de 3 1/8" (3 1/8" EIA, Flange End Terminal for Rigid Line With anchor inner conector)

16

146

8536.90.90

Los demás

Empalme Línea rígida (Splice for Rigid Line with anchor Inner conector and round member adaptor kit)

42

147

7326.90.00

Las demás

Kit formado por varillas de hierro para el soporte de las líneas de trasmisión (Hanger and Threaded Rod Support Kit)

40

148

8544.41.20

Los demás, de cobre

Cable de audio de tres vías más pantallas de 600 Ohm para enviar el audio desde el rack hasta el trasmisor (3 Way Shielded Audio Cable)

150 m

149

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Conectores macho tipo Canon para cables de audio XLR Male (Conector (Canon) for Audio cable)

30

150

8544.20.00

Cables y demás conductores eléctricos, coaxiales

Cable coaxial fino para (RF Sample Coaxial Cable RG-58)

150

151

8536.90.10

Aparatos de empalme o conexión para una tensión inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual 30 A

Conector macho para cable coaxial fino (BNC Male Conector for RF Sample Coaxial Cable Q9-(Conector BNC (m) para cable RG 58)

10

152

8538.10.00

Cuadros, paneles, consolas armarios y demás soportes de la partida 85.37, sin sus aparatos

Rack de 19" para alojar los equipos con panel de Corriente Alterna y sistema de poder ininterrumpido Rack 19" with panel AC and UPS)

1

153

9030.89.00

Los demás

Equipo electrónico que se utiliza para medir los parámetros de modulación del trasmisor AM (Modulation Monitor)

1

154

8543.89.90

Los demás

Equipo electrónico para demodulador de 4 canales Monitor 4 canales (Four Channel Demodulador 4)

1

155

8543.89.90

Los demás

Equipo electrónico para procesar el audio que llega a la planta (Audio Processor)

5

156

8543.89.90

Los demás

Equipo electrónico que distribuye el audio analógico (Audio Distributor)

1

157

8543.89.90

Los demás

Equipo electrónico para selector de audio balanceado 1x10 (Balance Push Button Selector 1x10)

1

158

8543.89.90

Los demás

Equipo electrónico para controlador de procesos (Industrial Monitor Controller)

1

159

8543.89.90

Los demás

Equipo electrónico para monitoreo, de audio con accesorio (Audio Monitor with Homs)

1

160

8543.89.90

Los demás

Equipo electrónico para protecciones de señales de audio y de RF (Signals protection)

1

161

8543.89.90

Los demás

Transformador de aislamiento y protección del audio de entrada al rack. (Audio y Solution Transforme)

1

162

8535.40.10

Pararrayos y limitadores de tensión

Transformador de ferrita para protecciones contra rayos (Magnetic Loop for Lighting Protection)

1

163

8535.40.10

Pararrayos y limitadores de tensión

Transformador de ferrita para protecciones contra rayos (Magnetic Loop for Lighting Protection)

14

164

8705.90.90

Los demás

Unidad Móvil Gran Porte de Radio

1

165

8705.90.90

Los demás

Unidad Móvil Gran Porte de Radio

3

Artículo 2º—A los fines del disfrute de la exoneración prevista en este Decreto, los beneficiarios al momento de registrar su declaración, deberán presentar ante la respectiva Oficina Aduanera los recaudos siguientes:

1. Relación descriptiva de los bienes muebles corporales a importar; y

2. La factura comercial emitida a nombre del Órgano o Ente de la Administración Pública Nacional, según sea el caso, encargado de la adquisición de los bienes muebles señalados en el artículo anterior.

Artículo 3º—Las importaciones definitivas de los bienes muebles corporales señalados en el artículo 1 de este Decreto, deben efectuarse en la misma oficina aduanera elegida por el beneficiario de la exoneración.

La oficina aduanera de ingreso debe llevar un registro de las operaciones exoneradas del Impuesto al Valor Agregado, donde se identifique la fecha de importación, las cantidades de bienes, el valor CIF de los bienes importados, el monto del respectivo impuesto de importación y el monto del Impuesto al Valor Agregado Exonerado, así como el monto de los recargos, derechos compensatorios, derechos antidumping, intereses moratorios y otros gastos que se causen por la importación, según sea el caso.

Para el caso de importaciones parciales de los bienes muebles corporales señalados en el artículo 1 de este Decreto, la oficina aduanera de ingreso deberá llevar un control de los saldos pendientes por importar, hasta cubrir las cantidades objeto de la exoneración establecida en este Decreto.

En caso que el Órgano o Ente de la Administración Pública Nacional requiera realizar importaciones definitivas de los bienes muebles corporales por una aduana diferente a la seleccionada, deberá notificarlo a la oficina aduanera de ingreso.

Artículo 4º—La evaluación periódica a que se contrae el artículo 65 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado, se realizará tomando en cuenta las variables siguientes:

Variable

Ponderación

Calidad de los bienes muebles corporales incluidos en la operación exonerada

20%

Destinación de los bienes muebles corporales

30%

Cumplimiento del objetivo para el cual se destinaron los bienes muebles corporales

50%

Estas variables son condiciones concurrentes en el estricto cumplimiento de los resultados esperados en los que se sustenta el beneficio otorgado.

El mecanismo mediante el cual se evaluará el cumplimiento de los resultados esperados, será a través de la creación de un índice ponderado.

El resultado de este índice reflejará el porcentaje de cumplimiento de las metas definidas para cada una de las variables, determinadas según la naturaleza propia de la actividad u operación exonerada.

Este índice deberá ubicarse dentro de un rango de eficiencia del cumplimiento de las metas establecidas. Este rango relevante se ubicará entre un cien por ciento (100%) y un setenta y cinco por ciento (75%), quedando sujeto a la condición que el desempeño de las variables en cualquier período de tiempo debe ser distinto a cero por ciento (0%).

El cumplimiento de estos rangos será flexible al momento de la evaluación, cuando por causa no imputable al beneficiario de la exoneración, o por caso fortuito o de fuerza mayor se incida en el desempeño esperado. En estos casos, se establece un máximo de un (1) semestre para compensar el rezago presentado en el semestre evaluado.

Artículo 5º—La evaluación sé realizará semestralmente, de acuerdo con los parámetros que determine el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Estos períodos tendrán como referencia el cronograma de ejecución de la actividad u operación exonerada.

Quedan encargados de efectuar la evaluación del cumplimiento de los resultados esperados conforme lo previsto en este Decreto, el Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información y el Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas.

Artículo 6º—Perderán el beneficio de exoneración, los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional, que no cumplan con:

1. La evaluación periódica y los parámetros establecidos en los artículos 2º, 3º y 4º de este Decreto.

2. Las obligaciones establecidas en el Código Orgánico Tributario y otras normas tributarias, así como en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas y sus Reglamentos.

Artículo 7º—El plazo máximo de duración del beneficio de exoneración establecido en este Decreto será de dos (2) años, contado a partir de la fecha de su entrada en vigencia.

Artículo 8º—Quedan encargados de la ejecución de este Decreto, el Ministro del Poder Popular para la Comunicación e Información y el Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas.

Artículo 9º—Este Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dado en Caracas, a los catorce días del mes de agosto de dos mil doce. Año 202º de la Independencia, 153º de la Federación y 13º de la Revolución Bolivariana.

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