Consideraciones:
1. Toda persona natural Asalariada con ingresos anuales superiores a
150 mil bs en el año 2015 esta obligada a declarar ISLR.
Banco Industrial de Venezuela
Banco de Venezuela
Banco Provincial
Banesco
Banco mercantil
Bod
El Impuesto sobre la Renta ya puedes declararlo, tienes hasta el 31 de marzo de este año para declarar, y recuerda:
1. Si eres asalariado y tus ingresos fueron superiores a 1000 ut (150 mil bs) debes pasar por el dpto. de recursos humanos de tu empresa y retirar el COMPROBANTE ARC , allí aparece el resumen de lo que ganaste desde el 01-01-2015 al 31-12-2015, toda empresa debe de entregar a sus trabajadores antes del 31-03-2016 el comprobante ARC para que los trabajadores puedan declarar, aqui un modelo del comprobante ARC, puedes pasarlo a word y debe ser firmada por la administradora de la empresa:
2. Si obtuviste ingresos diferentes a asalariados y fueron superiores a 1500 ut deben haber llevado contabilidad por lo que recomiendo buscar un contador para q les haga la contabilidad y así poder declarar
3. Para declarar por Internet debes estar inscrito en el portal del seniat, ingresar al portal http://www.seniat.gob.ve , inscribirte en el portal y declarar. si olvidaste tu cleve puedes recuperarla entrando con mozilla o chrome a http://www.seniat.gob.ve , tildas persona natural, olvido toda la informacion , colocas tu nro cedula, tu fecha de nacimiento contestas las preguntas que te hace el sistema , y creas una nueva clave (antes te llegaba a tu correo la nueva clave esto se cambio ahora tu creas una nueva clave).
4. Están obligados a declarar todos los ingresos incluyendo sueldos, vacaciones, utilidades, bonos, emolumentos,etc…los únicos ingresos q están exentos son:
a. Prestaciones sociales,
b. cajas de ahorros
c. Intereses bancarios,
d. bono alimentación
e. viáticos
5. Recuerde que desde el año 2008 al 2014 estuvo vigente la sentencia q reformaba el art 31 de la ley islr . dicha reforma lo que cambio fue que para ser considerado un ingreso ordinario y no extraordinario tiene que cumplir con el carácter de pago periódico y permanente y un bono al ser pagado por un mínimo de 2 periodos consecutivos ya al 3er periodo se considera ordinario y sobre todo que aparezca en la contratación colectiva.
6. Para el ejercicio 2015 está vigente la reforma de la ley islr año 2014 donde vuelven a reformar el art 31 de la ley islr y allí vuelven a considerar los ingresos extraordinarios como gravables sin tomar en cuenta si dichos ingresos son periódicos o no , es decir el art 31 lo modificaron colocándolo igual a como estaba antes de la sentencia 301.
7. Toda pn tiene derecho a deducir el desgravamen único (Bs.116.100,00 (150*774 ut) sin que necesariamente tenga soportes de esa deducción o también puede utilizar lo que pago en el año por póliza hcm, gastos médicos no cubiertos por hcm de contribuyentes e hijos , gastos de alquiler , gastos de educación de contribuyente e hijos y por ultimo intereses por pago de cuota vivienda principal, pero para ello tienes que guardar las facturas soportes de tal deducción ( es de hacer notar que la gran mayoría de asalariados utiliza es el desgravamen único)
En caso de no utilizar el desgravamen unico , puede optar por los otros cuatro desgravamenes pero recuerde que debe tener las facturas que respalden dichos desgravamenes los cuales son:
En caso de no utilizar el desgravamen unico , puede optar por los otros cuatro desgravamenes pero recuerde que debe tener las facturas que respalden dichos desgravamenes los cuales son:
8. Toda pn tiene derecho a rebajar 1.500,00 Bs. por rebaja personal
9. Toda pn tiene derecho a rebajar 1.500,00 Bs. por cada hijo menor 18 años (se acepta hasta 25 si está estudiando) y 1.500,00 Bs. por cada padre, y los suegros en caso de que haga declaración conyugal (una sola declaración , si la esposa no trabaja no puede incluir a los suegros y los hijos solo de la esposa tampoco puede incluirlos),la carga familiar tu mismo la puedes cargar en el sistema con tu misma clave del seniat te vas a actualizar rif , opcion relaciones , opcion carga familiar , el sistema solo te pide nombre , ci y fecha de nacimiento. es importante recalcar que sobrinos, hermanos, abuelos y nietos no puede rebajarlos a menos que exista una sentencia de un juez otorgandole la guarda y custodia.
10. Toda pn tiene derecho a rebajar 1.500,00 Bs. por el conyugue (si el mismo no trabaja)
11. En el caso de profesionales de libre ejercicio tiene que declarar todos los ingresos sumando el total de facturas emitidas (consultas medicas,honorarios,alquiler…..etc.….) con derecho a deducir los costos inherentes al ejercicio de su profesión. Los ingresos que reciben por sueldo solo le pueden deducir el desgravamen único (o los otros 4 desgravámenes)
12. Toda pn puede rebajar el impuesto retenido por su patrón en el año 2015 (ver comprobante arc).
13. Toda persona natural tiene derecho a pagar el ISLR en 1, 2 o 3 porciones , la 1era se vence el 31/03/2016 , la 2da hasta el 20/04/2016 y la última antes del 10/05/2016
14. una vez realizada puede pagarla de forma ELECTRONICA O MANUAL, de forma electrónica es muy fácil si tiene cuenta en estos bancos:
PAGOS DE FORMA ELECTRONICA (RECOMENDADA)
Si tiene cuenta en cualquiera de estos 6 bancos puede pagarla electrónicamente:
Banco Industrial de Venezuela
Banco de Venezuela
Banco Provincial
Banesco
Banco mercantil
Bod
Si paga de forma manual tiene que imprimir 3 planillas y presentarla en cualquiera de los bancos recaudadores,
15. De no declarar y pagar el ISLR , es objeto de una sanción de 150 unidades tributarias lo que equivale a 22.500,00 bs Bs. f (la multa viene por sistema) o en el peor de los casos ser objeto de fiscalización
2. Los jubilados y
pensionados estan obligados a declarar islr solo si sus ingresos en el
año 2015 superaron las 1000 unidades tributarias (bs 150 mil anual), es
importante recordar que el jubilado solo esta obligado a declarar mas no
a pagar, porque sus rentas estan exentas por lo que el sistema no le calcula
impuesto siempre y cuando coloque las rentas como exentas en la conciliacion de
la renta.
3. la unidad tributaria a utilizar
es 150 bs , es importante acotar , que la comision de finanzas de la asamblea
nacional tiene ocho años aprobando y publicando la unidad tributaria por
debajo de la inflacion , en contravencion a lo dispuesto en el articulo 131 del
cot 2014 y art 121 cot 2001,el cual
establece que la unidad tributaria se calculara multiplicando la unidad
tributaria del año anterior por el ipc anual, sin embargo no ha sido asi perjudicando
a los asalariados los cuales ahora deben pagar mas impuesto a pesar de tener
una inflacion mas alta del mundo, donde la unidad tributaria actual de 150 bs
deberia de ser realmente de 386,1 bs , estas son las consecuencias:
4. las personas naturales y
juridicas que vendieron inmuebles tienen que declarar la venta, y pueden
deducir como costos el precio de compra ajustado por inflacion , mas los gastos
de mejora y manutencion.
5. La reforma de la ley de
islr en el 2014 entra en vigencia en el ejercicio 2015 , entre los cambios esta
que se reformo el art 31 indicando que los ingresos regulares y accidentales
son gravables en contravencion a la sentencia del tsj del 2006, adicionalmente
se elimino el ajuste por inflacion a la banca , se elimino las perdida por
inventario,
Abogada Maria Rosa Campos
Magister en Hacienda publica y Administracion
Tributaria Internacional
Excelente artículo, información precisa y oportuna
ResponderEliminarBuenas noches, mi pregunta es; si el seniat esta fuera de ley en cuanto a lo que debe estar la unidad tributaria, yo también tengo el derecho de descontar vacaciones y aguinaldos en mi declaración de impuestos? Gracias ,,,,,,,,,,
ResponderEliminarEXCELENTE !
ResponderEliminarbuenas noches yo me di la tarea de crear todos los calculos de manera manual en una pag excel y dan como esta en el ejemplo que uds tienen en su pag. pero mi declaracion presenta un error lo cual da una diferencia de 3.356,43 el cual considero incrementa mi pago. Hago la salvedad que siempre hago el calculo manual mi correo es joelgi44@yahoo.es mi C.I. 5.778.555
ResponderEliminarSALUDOS, la información contenida en este blog es de mucho valor y muy didáctica. me gustarìa por favor me aclarara, de donde salen los porcentajes de I.S.L.R., retenidos, en el formato de Comprobante AR-C del ejemplo. Yanni de Paredes.
ResponderEliminarcomo ago para incluir los pagos de colegio de mi hijo y obtar a los 1500 deducibles
ResponderEliminarhola tengo una duda, haciendo el calculo de la tarifa nª1 no me da como esta alli en el ejemplo quiero saber si estoy haciendo algo mal me da la tarifa 28530 no los 30174, estoy haciendo asi: al monto de a resta del gravamen unico a los ingresos lo lleve a U.T y a eso le multiplique el % correspondiente y le reste el sustraendo
ResponderEliminarhola tengo una duda, haciendo el calculo de la tarifa nª1 no me da como esta alli en el ejemplo quiero saber si estoy haciendo algo mal me da la tarifa 28530 no los 30174, estoy haciendo asi: al monto de a resta del gravamen unico a los ingresos lo lleve a U.T y a eso le multiplique el % correspondiente y le reste el sustraendo
ResponderEliminarHola, muy buena la información, bastante amplia, el punto 9 no esta muy claro respecto a si trabaja o no la conyuge, pero el resto excelente
ResponderEliminargracias
Hola, donde coloco lo referente a los gastos del colegio, de las clases de musica y gastos de ortodoncia de mi pequeña hija
ResponderEliminarQue buena explicación y muy oportuna, felicitacions!
ResponderEliminarbuenos dias como bhago para anular una declaracion o hacer una susti9tutiva
ResponderEliminarExcelente Guia. Solo un detalle en la celda H43 del simulador de calculo, hay que entrar para adaptar la carga familiar de cada quien porque esta fijo a 2 cargas (3000)
ResponderEliminarBuenas noches, tengo una duda yo como persona natural con sueldo minímo no me corresponde declarar? según de modificación de la reforma que dice que si los ingresos no son mayores a 3000ut osea 450.000 quedan exonerados completamente...
ResponderEliminarSoy asalariado territorial y no asalariado territorial, es decir Como compenso mi perdida profesion independiente con el salario percibido dependiente de una empresa, como debo hacerlo? me lo descuento en el salario o como lo hago?
ResponderEliminaralquien me puede decir q es una persona natural el concepto porfa
ResponderEliminarOk. Una persona natural es aquella que fue hecha por un hombre y una mujer y en la que no intervino la cybernetica, ni los marcianos, etc... Espero haber aclarado tu duda.
Eliminary un ejemplo de rentas exentas porfa
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