22 julio 2015

Contraloria General de la Republica interviene Oficina de Auditoria Interna del SENIAT,Resolucion 400, gaceta 40706 de fecha 20/07/2015

GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Número 40.706
Caracas, lunes 20 de julio de 2015
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CONTRALORÍA GENERAL DE  LA REPÚBLICA
Resolución Nº 01-00-000400
Caracas, 15 de julio de 2015
205º, 156º y 16º
MANUEL E. GALINDO B.,
Contralor General de la República
Resolución:
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 289 numeral 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 14 numerales 1 y 10, 34 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, y 57 del Reglamento de la Ley Orgánica (sic) Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, en concordancia con lo establecido en el artículo 137 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 4 y 26 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, los artículos 9 numeral 1, 26 numeral 4, 33 numeral 3 de la Ley Orgánica del la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional del Control Fiscal, 58 numeral 7, 59, 60, 61 y 62 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.
Considerando:
Que el Contralor General de la República tiene la obligación y atribución de velar por el cumplimiento de la Ley Orgánica de la  Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, así como velar por el cumplimiento de los principios consagrados en nuestra Carta Magna.
Considerando:
Que de acuerdo a las Líneas Generales del Plan de la Patria, proyecto Nacional Simón Bolívar, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019, sancionado por la Asamblea Nacional, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 6.118 Extraordinario, de fecha 04 de diciembre de 2013, en su Objetivo General 2.4.1.2 es fundamental desarrollar una batalla frontal contra las diversas formas de corrupción, fortaleciendo las Instituciones del Estado, fomentando la participación protagónica del Poder Popular, promoviendo la transparencia y la automatización de la gestión pública, así como los mecanismos legales de sanción penal, administrativa, civil y disciplinaria contra las lesiones o el manejo inadecuado de los fondos públicos.
Considerando:
Que la Contraloría General de la República como Órgano Rector del Sistema Nacional de Control Fiscal evalúa periódicamente a los Órganos de Control Fiscal, a los fines de determinar el grado de efectividad, eficiencia y economía con que operan.
Considerando:
Que de las valoraciones periódicas realizadas a la Oficina de Auditoría Interna del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas, surgieron irregularidades en el ejercicio de sus funciones al evaluar sus sistemas de control interno.
Resuelve:
Primero.—Intervenir a la Oficina de Auditoría Interna del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas, y nombrar al ciudadano ASDRÚBAL ROMERO, titular de la cédula de identidad Nº 6.127.432, como Auditor Interno en calidad de Interventor, quien se mantendrá en el cargo hasta la fecha en que ocurra la designación por concurso público del titular de la Oficina de Auditoría Interna del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) adscrito al mencionado Despacho Ministerial.
Segundo.—El Auditor Interventor, deberá presentar al Contralor General de la República, lo siguiente:
a) Informe mensual de su gestión.
b) Informe sobre los resultados de su gestión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la culminación de la Intervención.
Tercero.—La presente Resolución entrará en vigencia con su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dada en Caracas, a los quince días del mes de julio de dos mil quince. Año 205º de la Independencia, 156º de la Federación y 16º de la Revolución Bolivariana.


1 comentario:

  1. Se intervine, pero no se dice la causa, se alegarà que todo reposa en el sumario, secreto de estado

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